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Más Información y Preguntas frecuentes sobre garantía de alquiler
Más Información y Preguntas frecuentes sobre garantía de alquiler
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Q
A
¿Qué pasaría si mi inquilino no me paga?
El propietario de la vivienda o la persona autorizada tendrá que ponerse en contacto con nosotros antes del día 25 de ese mismo mes, indicando los detalles de la incidencia de impago.
Q
¿Cuántas mensualidades me garantizáis?
Nuestro producto Garantía Indefinida, como bien dice su nombre garantizamos indefinidamente su renta hasta que recupere su inmueble.
A
Q
¿Qué pasaría si el inquilino se marcha antes de terminar el año?
¿Qué pasaría si el inquilino se marcha antes de terminar el año?
En caso de que la vivienda quede vacía antes de finalizar el plazo de la Garantía, el propietario o la persona autorizada podrá notificar de esta situación para poder consumir el tiempo restante de póliza con un nuevo inquilino.
A
Q
¿Qué pasa si mi inquilino me paga en metálico?
¿Qué pasa si mi inquilino me paga en metálico?
El procedimiento es el mismo que en caso de tener las rentas domiciliadas. En cualquiera de los casos, la aseguradora no se hará cargo de rentas anteriores a la notificación de la incidencia con su inquilino. Solo lo hará, desde el momento en el que usted realice la notificación de la incidencia.
A
Q
¿Hasta qué cantidad de gastos jurídicos se hacen cargo?
¿Hasta qué cantidad de gastos jurídicos se hacen cargo?
A
De todos los gastos jurídicos sin ningún tipo de limitación
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De todos los gastos jurídicos sin ningún tipo de limitación
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De todos los gastos jurídicos sin ningún tipo de limitación
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De todos los gastos jurídicos sin ningún tipo de limitación
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Q
¿Me garantizáis el robo de objetos, muebles o electrodomésticos realizados por el inquilino?
Los robos no están garantizados por la prestación de actos de vandalismo, si nos encontramos en una situación y se adjuntó el anexo fotográfico donde se acredita la existencia del objeto del robo, se le garantizará los gastos de la reclamación judicial y extrajudicial para reclamar el perjuicio que la parte arrendataria le haya causado.
A
Q
¿Qué hago si mi inquilino no me paga?
A
A
En caso de que su inquilino incumpla en el pago, tendrá que notificarnos dicha incidencia antes del día 25 de ese mismo mes, en este caso el primer mes que nos avisa servirá como carencia y el cobro de dicho mes lo recuperará con el pago de la fianza
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A
¿Qué pasaría si mi inquilino no me paga?
El propietario de la vivienda o la persona autorizada tendrá que ponerse en contacto con nosotros antes del día 25 de ese mismo mes, indicando los detalles de la incidencia de impago.
Q
¿Cuántas mensualidades me garantizáis?
¿Cuántas mensualidades me garantizáis?
¿Cuántas mensualidades me garantizáis?
Nuestro producto Garantía Indefinida, como bien dice su nombre garantizamos indefinidamente su renta hasta que recupere su inmueble.
Nuestro producto Garantía Indefinida, como bien dice su nombre garantizamos indefinidamente su renta hasta que recupere su inmueble.
Nuestro producto Garantía Indefinida, como bien dice su nombre garantizamos indefinidamente su renta hasta que recupere su inmueble.
A
Q
¿Qué pasaría si el inquilino se marcha antes de terminar el año?
En caso de que la vivienda quede vacía antes de finalizar el plazo de la Garantía, el propietario o la persona autorizada podrá notificar de esta situación para poder consumir el tiempo restante de póliza con un nuevo inquilino.
En caso de que la vivienda quede vacía antes de finalizar el plazo de la Garantía, el propietario o la persona autorizada podrá notificar de esta situación para poder consumir el tiempo restante de póliza con un nuevo inquilino.
En caso de que la vivienda quede vacía antes de finalizar el plazo de la Garantía, el propietario o la persona autorizada podrá notificar de esta situación para poder consumir el tiempo restante de póliza con un nuevo inquilino.
A
Q
¿Qué pasa si mi inquilino me paga en metálico?
El procedimiento es el mismo que en caso de tener las rentas domiciliadas. En cualquiera de los casos, la aseguradora no se hará cargo de rentas anteriores a la notificación de la incidencia con su inquilino. Solo lo hará, desde el momento en el que usted realice la notificación de la incidencia.
A
Q
¿Hasta qué cantidad de gastos jurídicos se hacen cargo?
A
De todos los gastos jurídicos sin ningún tipo de limitación
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De todos los gastos jurídicos sin ningún tipo de limitación
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De todos los gastos jurídicos sin ningún tipo de limitación
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Q
¿Me garantizáis el robo de objetos, muebles o electrodomésticos realizados por el inquilino?
¿Me garantizáis el robo de objetos, muebles o electrodomésticos realizados por el inquilino?
¿Me garantizáis el robo de objetos, muebles o electrodomésticos realizados por el inquilino?
Los robos no están garantizados por la prestación de actos de vandalismo, si nos encontramos en una situación y se adjuntó el anexo fotográfico donde se acredita la existencia del objeto del robo, se le garantizará los gastos de la reclamación judicial y extrajudicial para reclamar el perjuicio que la parte arrendataria le haya causado.
A
Q
¿Qué hago si mi inquilino no me paga? o se declara insolvente
A
En caso de que su inquilino incumpla en el pago, tendrá que notificarnos dicha incidencia antes del día 25 de ese mismo mes, en este caso el primer mes que nos avisa servirá como carencia y el cobro de dicho mes lo recuperará con el pago de la fianza
En la Garantía Indefinida queda explícitamente aclarado que quedarían garantizadas todas las rentas impagadas y en ningún caso se le reclamaría al arrendador las rentas aportadas con anterioridad a este suceso
En caso de que su inquilino incumpla en el pago, tendrá que notificarnos dicha incidencia antes del día 25 de ese mismo mes, en este caso el primer mes que nos avisa servirá como carencia y el cobro de dicho mes lo recuperará con el pago de la fianza
En la Garantía Indefinida queda explícitamente aclarado que quedarían garantizadas todas las rentas impagadas y en ningún caso se le reclamaría al arrendador las rentas aportadas con anterioridad a este suceso
En caso de que su inquilino incumpla en el pago, tendrá que notificarnos dicha incidencia antes del día 25 de ese mismo mes, en este caso el primer mes que nos avisa servirá como carencia y el cobro de dicho mes lo recuperará con el pago de la fianza
En la Garantía Indefinida queda explícitamente aclarado que quedarían garantizadas todas las rentas impagadas y en ningún caso se le reclamaría al arrendador las rentas aportadas con anterioridad a este suceso
En caso de que su inquilino incumpla en el pago, tendrá que notificarnos dicha incidencia antes del día 25 de ese mismo mes, en este caso el primer mes que nos avisa servirá como carencia y el cobro de dicho mes lo recuperará con el pago de la fianza
En la Garantía Indefinida queda explícitamente aclarado que quedarían garantizadas todas las rentas impagadas y en ningún caso se le reclamaría al arrendador las rentas aportadas con anterioridad a este suceso
En caso de que su inquilino incumpla en el pago, tendrá que notificarnos dicha incidencia antes del día 25 de ese mismo mes, en este caso el primer mes que nos avisa servirá como carencia y el cobro de dicho mes lo recuperará con el pago de la fianza
En la Garantía Indefinida queda explícitamente aclarado que quedarían garantizadas todas las rentas impagadas y en ningún caso se le reclamaría al arrendador las rentas aportadas con anterioridad a este suceso
Cada vez más propietarios confían en nuestra garantía para alquilar con tranquilidad sus inmuebles.
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